En resumen: el monotributo tiene categorías de la A a la K según tus ingresos y otros parámetros. Te recategorizás en enero y en julio mirando los últimos 12 meses. Como monotributista emitís Factura C, donde el IVA no se discrimina. Si superás el tope de la categoría más alta, quedás excluido y pasás a Responsable Inscripto.
El monotributo (Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes) reemplaza con una cuota fija mensual el IVA, Ganancias y los aportes. Esa cuota depende de tu categoría, y la categoría no es para siempre: cada seis meses tenés que revisarla. Acá va lo que necesitás saber para no quedar mal categorizado ni llevarte una sorpresa al facturar.
Las categorías van de la A (la más chica) a la K (la más grande). Para ubicarte en una, ARCA (ex AFIP) no mira solo lo que facturás: combina varios parámetros de los últimos 12 meses.
Una diferencia clave: si prestás servicios, llegás como máximo hasta la categoría H. Las categorías I, J y K son solo para venta de cosas muebles (bienes). Los montos de cada categoría se actualizan periódicamente, así que conviene mirar siempre la escala vigente en la web de ARCA antes de recategorizarte.
La recategorización es semestral: en enero y en julio. Cada vez tomás los últimos 12 meses de actividad (cerrados al 31 de diciembre y al 30 de junio, respectivamente) y comparás tus parámetros contra la tabla.
Ojo: si correspondía recategorizarte y no lo hiciste, ARCA puede hacer una recategorización de oficio y aplicar multas. Mejor revisar el total facturado a tiempo.
El monotributista emite Factura C (y notas de crédito y débito C). La particularidad es que en la Factura C el IVA no se discrimina: no aparece una línea de IVA aparte, el total es directamente el importe neto. Eso es porque tu cuota mensual ya incluye el componente impositivo: no liquidás IVA por cada venta.
Consecuencia práctica: tu cliente Responsable Inscripto no toma crédito fiscal de una Factura C (puede computarla como gasto en Ganancias, dentro de los límites de la norma). Si querés entender qué letra de comprobante corresponde en cada caso, mirá Factura A, B, C, M o E: cuál emitir, y para comparar regímenes, Monotributo o Responsable Inscripto: qué cambia al facturar.
Hay dos escenarios bien distintos según cuánto te pasaste:
La exclusión también puede dispararse por otras causales (por ejemplo, superar el precio máximo unitario de venta de bienes, o ciertos parámetros físicos). Una vez excluido, no podés volver al monotributo por 3 años. Por eso conviene ver venir el límite: si el ritmo de facturación te acerca al tope, planificás el pase con tu contador en lugar de que te agarre de sorpresa.
El dato que más necesitás para recategorizarte —y para saber si estás cerca del límite— es cuánto facturaste. En MiGestion lo tenés a mano: emitís Factura C con CAE de ARCA directo desde el sistema, y después ves el total facturado por período sin sumar comprobantes a mano.
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Dos veces al año: en enero y en julio. Cada vez mirás los últimos 12 meses de actividad (cerrados al 31 de diciembre y al 30 de junio). Si tus parámetros no te cambian de categoría, no hace falta hacer nada; si te cambian, recategorizás antes del 20 del mes y la nueva cuota rige desde el mes siguiente.
Factura C (y nota de crédito/débito C). En la Factura C el IVA no se discrimina: el total es el neto, sin una línea de IVA aparte, porque el monotributo ya incluye el componente impositivo en la cuota fija. Por eso un cliente Responsable Inscripto no toma crédito fiscal de una Factura C.
Si superás el tope de ingresos brutos de la categoría más alta que te corresponde (H en servicios, K en venta de bienes) u otro parámetro de exclusión, quedás excluido del monotributo de pleno derecho y pasás al Régimen General (IVA Responsable Inscripto + Ganancias) desde el momento en que ocurrió la causal. Si la suba es menor, simplemente recategorizás a una categoría mayor.
No. Las locaciones y prestaciones de servicios llegan como máximo hasta la categoría H. Las categorías I, J y K son solo para venta de cosas muebles (bienes). Si prestás servicios y superás el tope de H, ya no hay categoría disponible: corresponde la exclusión y el pase a Responsable Inscripto.
Sí. En MiGestion tenés el total facturado por período en pocos clics, así controlás contra qué tope estás y si te conviene recategorizar. Además emitís Factura C con CAE de ARCA directo desde el sistema, sin entrar al portal.
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